Cómo Colaborar
Puedes ser protagonista de un presente distinto para miles de paraguayos y paraguayas. Un presente donde los sueños y los planes futuros de niños y niñas no sean una fantasía sino la razón que empuje a transformar todo aquello que hace mal, que mata, que entristece, en todo lo contrario, en tierra fértil, en matriz de vida, en fuente de esperanza. ¡Con tu apoyo es posible!
Si te sentís atraído por esta forma de reconstruir nuestro Paraguay, tuyo y nuestro te proponemos:
Convertite en sostenedor de los proyectos sociales mediante:
· Vinculándote como empresario para ejercer Responsabilidad Social
· Desde tu empresa creando conciencia de responsabilidad social con tus empleados/as que desean aportar a las obras.
La Fundación Jesuitas concibe la colaboración con el sector empresarial en un sentido amplio, con múltiples modalidades de colaboración, siendo el principal objetivo contribuir a un mundo más justo.
Por ello, es prioritario establecer vínculos estables basados en planteamientos solidarios y sensibilidades comunes acerca del papel de la empresa en materia de responsabilidad social y, en especial, en la cooperación al desarrollo.
Para cualquier aclaración sobre cómo colaborar con la Fundación Jesuitas puede contactar a través del email: jesiparaguay@gmail.com o al tel. (595) 21 370753/374763 cel . (0971) 374763.
Para facilitar tu colaboración contamos con:
· Débito automático por tarjeta de crédito.
· Pago en los puntos de Aquí Pago. Denominación: FUNDACIÓN JESUITAS–DONACIONES. En poco tiempo más habilitaremos chequeras de pagos para facilitar su aporte por esta empresa.
· Depósitos o transferencias a cuentas bancarias: a) Fundación Jesuitas: Banco Itaú S.A. Cta. Cte Nº 500214930 b) Fundación Jesuitas: Sudameris Bank Cta. Cte Nº 199471/4.
· En algunos casos podemos realizar cobros a domicilio según la ubicación del donante.
La FUNDACIÓN JESUITAS está reconocida por el Ministerio de Hacienda como “Entidad de Beneficio Público” según lo establecido en la Ley Nº 2421/2004 de reordenamiento administrativo y adecuación fiscal, en el Art. 13º numeral 3º Inc. B. en la que dispone la deducibilidad de las donaciones realizadas a esta fundación por empresas afectadas por el Impuesto a la Renta.